COFECE
La COFECE (Comisión Federal de Competencia Económica) es la autoridad antitrust en México. Revisa concentraciones (fusiones y adquisiciones) que superen umbrales de activos o ventas; las que cumplan el criterio deben notificarse antes de cerrar. En M&A de PyMEs mexicanas importa porque un deal que rebase los umbrales sin notificación puede ser sancionado; conocer los criterios y el plazo permite planear la transacción y cuándo involucrar asesoría.
¿Qué es la COFECE y qué revisa?
La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) es el órgano encargado de aplicar la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE). Entre sus funciones está la revisión de actos de concentración: fusiones, adquisiciones o combinaciones de activos o control que puedan reducir la competencia en mercados relevantes. Las operaciones que superan ciertos umbrales de activos o ventas deben notificarse a la COFECE; la Comisión puede autorizarlas, condicionarlas o prohibirlas. Para una PyME que vende o compra, saber si el deal está en umbral determina si hay que notificar y reservar tiempo en el proceso.
¿Cuáles son los umbrales y la notificación de concentraciones?
La LFCE fija umbrales en función del valor de los activos o de las ventas anuales de los participantes en la concentración, a nivel nacional. Esos montos se publican y se actualizan. Cuando la operación supera el umbral aplicable, las partes deben presentar la notificación ante la COFECE antes de consumar la concentración. La Comisión tiene un plazo para emitir su resolución; si no lo hace en tiempo, se entiende autorizada. Operaciones que no alcanzan los umbrales no requieren notificación. En transacciones M&A, el asesor legal o el comprador suelen verificar el cálculo con los estados financieros y la definición de mercado relevante.
¿Por qué importa en M&A?
En una venta o compra de empresa, si la suma de activos o ventas de las partes rebasa los umbrales, la notificación es obligatoria. No presentarla puede resultar en multas y en la orden de desincorporar activos. Por eso en due diligence se confirma si la operación está sujeta a notificación y se incorpora el plazo de la COFECE al cronograma de cierre. Conocer el marco permite planear cuándo notificar y cuándo pedir asesoría en competencia.
¿Qué preguntan compradores y vendedores sobre COFECE?
- ¿Cuándo debe notificarse una concentración a la COFECE?
- Cuando la operación supere los umbrales que establece la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) en activos o ventas anuales a nivel nacional. Los montos se actualizan periódicamente. Si se cumplen, la notificación es obligatoria antes del cierre; la autoridad tiene un plazo para revisar y, en su caso, condicionar o prohibir la operación. Operaciones por debajo de los umbrales no requieren notificación.
- ¿Por qué un comprador revisa COFECE en due diligence?
- Porque si la transacción está sujeta a notificación y no se presenta, la COFECE puede imponer multas y ordenar la desincorporación de activos. El comprador necesita confirmar si el deal rebasa los umbrales (sumando activos o ventas de las partes) y, si aplica, incluir la notificación y la espera de resolución en el timeline del cierre. Es parte del marco regulatorio que se verifica en due diligence.
En este glosario:
Due diligence — revisión antes del cierre.
LIE (Ley de Inversión Extranjera) — inversión extranjera y sectores restringidos.
Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras — autorización en sectores restringidos.
M&A (Mergers and Acquisitions) — proceso y contexto.
Representaciones y garantías — declaraciones sobre el negocio.
Data Room — documentos que revisa el comprador.
Fuentes
La COFECE revisa concentraciones que superan umbrales; en M&A, confirmar si aplica la notificación y reservar plazo evita sanciones y retrasos de cierre. Para el detalle de qué revisa el comprador y el marco regulatorio en transacciones cross-border, consulta la guía due diligence en México y la guía fricciones en transacciones México–Estados Unidos.
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